Diputados aprueban ley de uso lúdico de la marihuana

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CDMX; a 10 de marzo de 2021.- La Cámara de Diputados de México aprobó este miércoles la legislación que regula el consumo, el cultivo y el comercio de marihuana con fines recreativos en todo el territorio, la cual tendrá que ser ratificada por el Senado antes del 30 de abril.
 
Con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones, la cámara baja avaló la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y las reformas de la Ley General de Salud y del Código Penal.
 
Esta legislación obedece a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en 2018 declaró inconstitucional la prohibición del consumo lúdico de cannabis y que estableció el próximo 30 de abril como plazo máximo para su regulación.
 
Aunque el Senado ya aprobó la iniciativa en noviembre del año pasado, deberá ratificar ahora las modificaciones hechas por la Cámara de Diputados antes de que el presidente, Andrés Manuel López Obrador, promulgue la legislación.
 
Cuando entre en vigor, México se convertirá en el tercer país de América en legislar a nivel nacional el consumo lúdico de la marihuana, junto con Canadá y Uruguay.
 
La iniciativa permite fumar marihuana en casa sin presencia de menores, poseer hasta ocho plantas por domicilio y crear asociaciones de fumadores con un máximo de 50 plantas.
 
También establece un sistema de licencias para la siembra, el cultivo, la cosecha y la venta de marihuana y derivados con cannabis no psicoactivo en México, donde el uso medicinal de la marihuana ya fue aprobado en 2017.
 
El texto aprobado en noviembre en el Senado preveía la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis, pero los diputados tumbaron esta propuesta y establecieron que la ya existente Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) regule la normativa sobre marihuana.
 
La regulación ha sido recibida con suspicacias por organizaciones defensoras del consumo lúdico de marihuana ya que no se despenaliza del todo su posesión.
 
La legislación amplía de cinco a 28 gramos la cantidad de marihuana que se puede portar, pero prevé multas por poseer entre 28 y 200 gramos, y penas de prisión de hasta 15 años por portar más de 200 gramos.

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