Declaran emergencia sanitaria nacional, ante avance del COVID-19

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CDMX: a 31 de marzo de 2020.- El Consejo de Salubridad General declaró como emergencia sanitaria a la epidemia de COVID-19 en el país, esto dado el aumento exponencial de los casos, informó el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón, durante la conferencia vespertina del día de ayer en Palacio Nacional.
 
En rueda de prensa, el canciller detalló que la declaratoria entrará en disposición el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (ayer) y estará vigente hasta el próximo 30 de abril del año en curso.
 
Son un total de siete medidas de seguridad sanitaria, las cuales son la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social.
 
Asimismo, en los sectores esenciales se recomendó bajo estricto apego el no reunirse más de 50 personas, lavado frecuente de manos, estornudar o toser aplicando la etiqueta y ejecutar las medidas de sana distancia.
 
Además se exhortó a la población, incluidos extranjeros y quienes no participan en actividades esenciales, a mantenerse en sus casas el mayor tiempo posible.
 
Por su parte, el resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a mayores de 60 años o con diagnóstico de hipertensión, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar, inmunosupresión, embarazo o puerperio inmediato.
 
Cabe recalcar que una vez terminada la suspensión de actividades no esenciales y el resguardo domiciliario corresponsable, las secretarías de Salud, de Economía y del Trabajo definirán el regreso escalonado y regionalizado a la normalidad.
 
También se deberán postergar hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas a realizarse en el país que involucren movilización de personas y la interacción física cara a cara.
 
Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto y apego a los derechos humanos, puntualizaron.
 
Asimismo, las empresas y empleadores no podrán privar a los trabajadores de sus salarios ni podrán reducírselos o suspendérselos; quien así lo haga se hará acreedor a sanciones que irán desde lo administrativo, con clausuras y multas a establecimientos, hasta llegar a la responsabilidad penal en caso de que, por ejemplo, se obligue a un trabajador a presentarse, este se contagie de coronavirus y muera a causa de la enfermedad.
 
En cuanto a los trabajos que se considerarán esenciales, son todos aquellos que desempeñen médicos, paramédicos, administrativos y de apoyo en el sector salud, público y privado; la seguridad pública, la procuración e impartición de justicia y la actividad legislativa federal y estatal.
 
También los sectores para el funcionamiento fundamental de la economía, la operación de los programas sociales del Gobierno, así como la conservación y mantenimiento de infraestructura que asegure la producción y distribución de servicios indispensables.
 
La medida fue anunciada cuando el país registra mil 94 casos confirmados de COVID-19 y 28 defunciones.

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